Marihuana: Conoce los detalles de la guía de uso lúdico legalizada en México

Marihuana: Conoce los detalles de la guía de uso lúdico legalizada en México

México.- México ha dado otro paso más en el camino para ser el tercer país del mundo, junto a Uruguay y Canadá, en legalizar el consumo lúdico personal de la marihuana.

Después de que el pasado 19 de noviembre el Senado aprobara un dictamen sobre el uso adulto responsable del cannabis, este 10 de marzo la Cámara de Diputados aprobó, en lo general, la despenalización y la regulación del consumo lúdico –llamado “consumo adulto”– de marihuana en todo el país.

Algunos de los puntos clave de este dictamen, el cual reformaría artículos del Código Penal Federal y la Ley General de Salud, son que se expedirá la Ley General para la Regulación del Cannabis, además deque se creará el Instituto Mexicano de Regulación y Control de Cannabis (IMRCC).

También permitirá a personas mayores de 18 años consumir cannabis psicoactivo si no se realiza frente a un menor de edad o cualquier otra persona imposibilitada de manifestar su consentimiento libre e informado. Tampoco se podrá usar en el espacio público si una persona mayor de edad no haya otorgado su consentimiento.

Será posible la venta del cannabis y sus derivados para uso adulto en México, aunque esta deberá realizarse en establecimientos autorizados por el IMRCC. Respecto a la siembra, cultivo, cosecha, aprovechamiento y preparación de plantas de cannabis, una persona que viva sola puede tener hasta seis, mientras que si hay dos consumidores en un mismo hogar, la cantidad se amplía a ocho.

Cabe mencionar que para el cultivo, la transformación, la comercialización, la exportación o importación, el dictamen establece que se deberán tramitar licencias, aunque una persona podrá contar con más de un tipo y ninguna de ellas implica actividad alguna con el uso medicinal del cannabis.

Si una persona desea consumir en su vivienda, deberá efectuar las remodelaciones necesarias, con el objetivo de que el humo no sea inhalado por personas distintas a las consumidoras. Acerca de la posesión, una persona únicamente podrá tener consigo menos de 28 gramos de marihuana.

En caso de que posea más de esta cantidad se hará acreedor a una falta administrativa, por lo que deberá pagar una multa de 60 hasta 120 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, es decir, desde los 5,000 hasta los 10,500 pesos. Si la persona trae más de 200 gramos, podría ser sancionada penalmente con tres a seis años de prisión.

Por otra parte, se podrán crear clubes de consumo recreativo de cannabis con un mínimo de dos personas asociadas y un máximo de 20, todas mayores de edad. Estos lugares deberán tener algún motivo que identifique su giro, pero no podrán hacer alguna promoción de su producto. Sobre la siembra, estos sitios podrán plantar hasta cuatro plantas por persona asociada.

Otra manera de acceder al producto será a través de empresas que cuenten con una producción regulada y autorizada por el Instituto. En este caso, los establecimientos podrán vender dosis específicas de marihuana.

La regulación también contempla un lugar para la investigación en torno a los usos médicos, farmacéuticos o paliativos de la planta de cannabis por parte de universidades, centros especializados y otras instituciones.

Con información de Infobae

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